Servicios del Colegio y de la Asociación

de Padres de Familia.


I. Servicio de Becas.

Alcances Importantes :

A partir del año 2008, mediante Resolución Directoral Nº 82 - 2007, se suspende el Servicio de Recategorización de Pensiones del colegio “Juan XXIII”, según acuerdo de la Asociación Promotora, Consejo Directivo y Directiva de la APAFA.
En este sentido, el Colegio, acorde con el espíritu cristiano y principios humanitarios que lo identifica, ha establecido el Comité de Pensiones y Becas, integrado por la Directora General, un representante de la Asociación Promotora y de la Comunidad de Padres de Familia, a fin de que sea el encargado de otorgar este servicio voluntaria y potestativamente, a los alumnos que el caso lo amerite y de acuerdo a la disponibilidad de los recursos financieros.

Reglamento Base :

1.   Todos los alumnos que se matriculen a partir del año 2008 en el Colegio “Juan XXIII”, deben pagar el total de la pensión establecida para dicho período escolar.   

2.  El colegio no otorga becas a familias ni alumnos nuevos.

3.  El colegio otorga de preferencia Becas Parciales y no totales, pues:

3.1    el costo de las mismas encarece indirectamente las pensiones pagadas por los demás padres;
3.2    el colegio como servicio educativo tiene que ser mantenido por la totalidad de sus beneficiarios, cada uno según sus posibilidades;
3.3    con las becas parciales es mucho mayor el número de alumnos que pueden beneficiarse.

4.   Las Becas Parciales podrán ser de: media, un tercio, un cuarto o un quinto, de la pensión de enseñanza, a lo largo de todo un año de estudio, debiendo el padre cancelar la parte restante en las fechas que rigen para todos los alumnos.

5.   En caso de que los padres de familia se encuentren atravesando una severa problemática socio económica, podrán presentar su solicitud, para ser evaluada exhaustiva y rigurosamente, cumpliendo con los siguientes requisitos:

5.1    Tener más de cinco años como familia del colegio y que el alumno postulante al beneficio haya cursado cinco años de estudios continuos en el plantel.
5.2    Situación económica desfavorable debidamente comprobada por el Servicio de Asistencia Social y respaldado con la documentación sustentatoria solicitada.
5.3    Carga familiar por número de hijos en edad escolar.  (Al respecto mencionamos que no es causal para solicitar la beca, el tener hijos cursando estudios superiores en institutos y universidades particulares).
5.4    Mantener por parte del alumno(a) un óptimo aprovechamiento y conducta (promedio mínimo = 15), espíritu de colaboración y participación en las diversas actividades extracurriculares a que fuera convocado por la institución (deportes, arte, etc.).
5.5    Identificación de la familia con el colegio y su axiología, así como participación en la vida del mismo.
5.6    No tener deudas pendientes con el colegio y mantenerse al día en el pago de la pensión asignada; caso contrario se invalida la solicitud.
5.7    Aceptar la evaluación socio-económica mensual, realizada por el Servicio de Asistencia Social, el mismo que determinará si procede mantenerles el beneficio y exigirá el cumplimiento mensual de los compromisos de pago establecidos.
5.8    Sólo en casos extremos, la Dirección General atenderá personalmente la evaluación de los mismos.

6.   El expediente para solicitar Beca, consta de una solicitud dirigida a la Dirección del Colegio, la presentación de la Ficha de Evaluación Socio Económica recabada en la oficina de Servicio Social, debidamente llenada y acompañada por la documentación sustentatoria solicitada.  Este expediente debe ser presentado del del lunes 04 al viernes 15 de enero de 2010, en la misma oficina.  Por ningún motivo se recibirán expedientes después de la fecha indicada.

7.   La documentación que la familia (Padres o Apoderados) deberá presentar en fotocopia, comprende:

7.1    Libreta de Notas del Alumno(a) que solicita el Beneficio.
7.2    (2) Dos últimas Boletas de Pago y Certificados de Retenciones de 5ta.  Categoría; en el caso de trabajador dependiente.
7.3    En el caso de trabajador independiente; recibos emitidos por Honorarios Profesionales en los últimos (6) seis meses y/o Declaración Jurada de Persona Natural y/o Empresarial de los (2) dos últimos años.
7.4    En el caso de Negocios Unipersonales o Sociedades; Declaración Jurada de 3ra.  Categoría de los (2) dos últimos años y los Formularios de los últimos (6) seis meses por el pago del I.G.V.  Copia del RUC.
7.5    En el caso de Actividad Comercial inscrita en el Régimen Único Simplificado (RUS); los (6) seis últimos recibos de pago del impuesto mensual.
7.6    Certificado de Propiedad(es) emitido por los Registros Públicos (positivo o negativo).
7.7    Contrato de Alquiler y recibos en caso de ser Inmueble alquilado.
7.8    Si la familia percibe otros ingresos; especificar y documentar (alquiler de predios, giros del exterior, alquiler de vehículos, etc.).
7.9    Autoavalúo; PU (Predio Urbano) y HR (Hoja Resumen) de las propiedades inmobiliarias que posea.
7.10  Recibos de agua, luz y teléfono correspondientes al último mes.
7.11  Fotocopia de Tarjeta de Propiedad en caso de poseer auto(s), Camioneta, Microbús, Camión.
7.12  Constancias de pago por concepto de gastos educativos de los otros hijos.
7.13  Certificado de Movimiento Migratorio de los padres de familia.
7.14  Constancia de deudas financieras e hipotecarias.
7.15  Constancia de deudas tributarias (SUNAT, IPSS).
7.16  Certificado médico y facturas de gastos, en casos de problemas de salud crónica y que demanden permanentemente medicación específica y/o rehabilitación.
7.17  Liquidación de Beneficios Sociales en caso de despido laboral.
7.18  En caso de situaciones especiales; presentar sentencia de divorcio, constancia de separación, comprobantes de pensión de alimentos por sentencia judicial u otro convenio.

Nota:
Las fotocopias de los documentos arriba indicados deberán adjuntarse con la ficha socioeconómica familiar y los originales deberán presentarse para su verificación el día de la entrevista o visita domiciliaria.
El porcentaje de beca que se otorgue, tiene vigencia a partir del mes de marzo 2010, hasta el mes de diciembre del mismo año.

8.   Los padres de los alumnos que gocen del sistema de becas, están obligados a abonar al momento de la Matrícula, el monto total correspondiente al proceso de matrícula (febrero) considerado para el pago de servicios complementarios; además de la cuota de asociación de padres de familia establecida.  Siendo éste, requisito indispensable para hacerse efectivo el beneficio.

9.   El beneficio tiene la duración de un año escolar, al término del cual, en caso de continuar la problemática, debe solicitarse la renovación del beneficio.  La beca estará sujeta, a una eventual evaluación socio-económica, para su renovación o negación al año siguiente.

10. Son causales para la pérdida o suspensión del beneficio:

a.   Situación socioeconómica superada.
b.  Ser beneficiario del servicio de Seguro Educacional de la Comunidad de Padres de Familia u otorgada por otros organismos.
c.   Bajo rendimiento y/o conducta incorrecta (actitudes negativas en las relaciones con la autoridad, personal docente, alumnos del colegio u otros y demás miembros de la comunidad educativa y/o manifestar incompatibilidad o desacuerdo de criterios o ideales educativos, entre la familia y el colegio).
d.  Falta de colaboración en actividades extraprogramáticas, a las que fuera invitado el alumno(a) y la familia.
e.   No cumplir puntualmente con el pago de las pensiones escolares establecidas.
f.   No aceptar y negar su colaboración para la evaluación mensual, que aplique el Servicio Social, establecido para tal fin.

11. La decisión del Comité de Pensiones y Becas, en el otorgamiento de la beca y la pérdida o suspensión de la misma, es definitiva e inapelable, salvo lo estipulado en el número 6.8.

Dada las limitaciones de nuestro presupuesto, se pide a las familias que han superado su difícil situación económica, abstenerse de solicitar la renovación del Beneficio de Becas a fin de dar prioridad a los casos en situaciones críticas, que por primera vez lo solicitan.